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Autoridad de Registro

La Ley Nacional 25.506 de Firma Digital establece una jerarquía, mediante la que se propaga la confianza desde un ente raíz, designado en la ley,  llegando finalmente hasta el suscriptor de un certificado digital. Dentro de esa jerarquía existen distintos actores que cumplen funciones fijadas expresamente y uno de ellos es la Autoridad Registrante (AR). Constituida entre la Autoridad Certificante Licenciada y los suscriptores, la AR cumple un rol determinante en la identificación de los usuarios, futuros poseedores de una firma digital. La AR es una parte de la Autoridad Certificante Licenciada (ACL) que realiza la autenticación de la identidad y de la condición del solicitante de un certificado digital. La condición se refiere a requisitos que establece la Polí­tica de Certificación para la emisión de certificados, como por ejemplo, ser empleado público, pertenecer a un determinado colegio profesional que acredite la matrí­cula, etc. También existe la figura de Autorida

Qué es el Sellado de Tiempo ?

Cuando se firma un documento, se utiliza un certificado digital que entre otros atributos tiene una fecha de caducidad. Resulta por lo tanto de fundamental importancia establecer en forma fehaciente la fecha, con día y hora, en que se produjo la firma. Para ello se recurre al Time Stamping o Sellado de Tiempo que es el complemento ideal a la seguridad que ofrecen los certificados digitales. Mediante la aplicación del sellado de tiempo garantizamos el momento exacto en el tiempo en que la firma de un documento se produjo. De este modo, el sellado de tiempo se convierte en un elemento imprescindible en determinados procedimientos, que exigen en la mayoría de las ocasiones la constatación de la fecha y hora exactas en la que el acto jurídico tuvo lugar. El servicio de Time Stamping está basado en la tecnología PKI que se fundamenta en la existencia de dos claves únicas (pública y privada) y un certificado digital, emitido por una autoridad certificante. Este es un archivo que

La Firma digital facilitará el camino para una Europa más eficiente

Las soluciones de firma digital están reemplazando rápidamente a las firmas en papel, y tienen el potencial de convertirse en universales. A fin de evaluar las soluciones de firma digital del mercado actual y potencial, Arthur D. Little encuestó a 50 expertos del mercado en Europa. Los resultados de esta encuesta se presentan en el último informe de Arthur D. Little(*), Firmas digitales: Sentar las bases para una Europa Digital . La industria de servicios financieros ha sido la pionera en la adopción y desarrollo de soluciones de firma digital, y Arthur D. Little espera que otras industrias, como las telecomunicaciones, el comercio, los servicios públicos, los notarios y la asistencia sanitaria, van a seguir su ejemplo. Los beneficios de esta nueva tecnología incluyen una mayor eficiencia, menores costes y mayor satisfacción del cliente y lo más importante, no se limitan a una única industria. Para beneficiarse de sus enormes ventajas, las firmas digitales todavía tienen retos

Equivalentes pero distintas

Cuando hablamos de firma digital, lo que estamos haciendo es una analogía semántica, asociando la acción de rubricar un documento a un término cotidiano y conocido, la firma. Pero si bien legal y jurídicamente son equivalentes, la verdad es que, por la concepción física, la firma digital poco tiene que ver con una firma hológrafa. La firma digital es una pequeña porción de documento ilegible al ojo humano, que surge de aplicarle al documento un algoritmo matemático que está sustentado en fundamentos de criptografía. El paso previo para tener una firma digital, es la suscripción (obtención) de lo que se conoce como certificado digital de clave pública , el instrumento principal de la Infraestructura de Clave Pública que se ordena y establece mediante la Ley 25.506. Entonces cuando decimos firma digital, nos estamos refiriendo al mecanismo de rúbrica para documentos digitales que, amparado en la Ley de Firma Digital, nos da el mismo respaldo legal que tiene una firma ho

Integridad del documento. Otra ventaja de la Firma Digital

En el post anterior mencionamos los atributos de la Firma Digital que constituyen los pilares de la Ley Nacional 25.506, la normativa que asegura la validez probatoria de un documento digital. Entre estos atributos encontramos la integridad del documento, lo que significa que, de ser válida la firma al momento de verificarla, ese documento no fue alterado desde el instante en que fue firmado. En la práctica, cuando una persona firma un contrato, por ejemplo, firma la última hoja del mismo. Aún en el caso que firmara todas las hojas, nada impode que se pueda alterar una palabra o una expresión que cambie el sentido de lo que quiere expresarse. En el caso de un documento digital, la Firma Digital garantiza que todo lo que se leyó y firmó permanece inalterable, ya que si en el medio alguien cambia solamente una coma, la verificación de la firma será errónea, indicándonos que el documento fue alterado intencionalmente. Con este sencillo ejemplo, hemos graficado una nueva ventaja que t

El por qué de la firma digital

Siendo que este es un tema con uso potencial ilimitado, sorprende la poca difusión que tiene y el enorme desconocimiento que existe entre el común de la gente. Es notable como las personas, ignorando a que se refiere el tema, asocian la firma digital con una firma escaneada. Pero más allá de esta cuestión, nos preguntamos cómo nace la necesidad, que como veremos está íntimamente relacionada con el avance de la informática y la digitalización de documentos. En efecto, mientras toda la documentación estuvo plasmada en papel, la firma hológrafa (de puño y letra) era suficiente. Pero cuando esos documentos comenzaron a producirse en formato digital, vía procesadores de texto, planillas electrónicas, programas de diseño, etc, se vio la necesidad de darle validez a través de un símil de la firma manuscrita. En este artículo no voy a explayarme sobre la técnica de creación de una firma digital, solamente mencionar que cumple con todos los atributos de una firma, asegura autenticidad

Beneficios. Medio Ambiente

Uno de los procesos que podemos mostrar para graficar la aplicación práctica de la firma digital, es la emisión digital de recibos de sueldos. Mediante un sistema especialmente programado, la empresa emite los recibos en formato PDF, los firma y los deja a disposición del empleado, quien al momento de firmarlo, puede optar por hacerlo en conformidad o en desacuerdo. La Ley Nacional 25.506 y la Resolución número 1455/2011 del Ministerio de Trabajo, amparan esta práctica que actualmente se está expandiendo. Pensemos en un empleado mensualizado a quien se le emite un recibo de sueldo por mes, dos por sueldo anual complementario y dos por liquidación y notificación de vacaciones. Esto implica dieciseis (16) documentos que deben salir por duplicado y teniendo en cuenta que entran dos por hoja standard A4, tenemos un total de dieciseis (16) hojas por empleado. Un análisis similar nos lleva a concluir que para un empleado jornalizado se necesitan veintiocho (28) hojas A4. Se sostiene