Entradas

Mostrando entradas de noviembre, 2009

Diferencia entre la firma digital y la firma electrónica

Esta es una de las primeras inquietudes que se presentan, al momento de estudiar este tema en profundidad. A continuación exponemos un fragmento de un artículo publicado en InfoBae . La diferencia entre la firma digital y la firma electrónica, pasa por la presunción de la prueba, en caso de que el receptor del documento declare desconocer la autoría del emisor. Por ejemplo, si en un contrato de exportaciones el exportador duda sobre la identidad del emisor del pedido (o importador), si se trata de una firma electrónica será el importador quien debe demostrar que es quien dice ser. Mientras que si se trata de un documento suscripto por una firma digital, será quien duda el que deba investigar y demostrar por qué desconoce la validez del documento.

República Dominicana: nuevo Sistema Integrado de Gestión Aduanera

La Dirección General de Aduanas de la República Dominicana ha comenzado a operar un nuevo sistema electrónico de gestión de expedientes, el cual representa el inicio de la utilización de la firma digital en las operaciones aduaneras. Más Información

Colombia: declaraciones de impuestos con firma digital

La Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá – Colombia ha presentado un sistema de declaración y pago electrónico de tributos, que permitirá a los contribuyentes presentar sus declaraciones del impuesto de industria y comercio por Internet utilizando una firma digital. Más Información

Conferencia en Rosario

En Septiembre de 2006, en el salón de conferencia del Estudio Jurídico Sanitá Giammona de la ciudad de Rosario, dimos nuestra primera charla de introducción al tema http://www.youtube.com/watch?v=vETOcw7BFzk . En esta oportunidad queremos ir exponiendo a través de sucesivos artículos, las ventajas que nos ofrece esta plataforma tecnológica denominada PKI, que traducida al castellano significa Infraestructura de Clave Pública y que da soporte a la Ley Nacional de Firma Digital Nº 25.506.